La FEV en salud (Factura Electrónica de Venta) es la factura electrónica que los prestadores emiten por sus servicios y que, en Colombia, viaja junto con los RIPS (modelo FEV-RIPS): ambos se validan juntos ante el Ministerio de Salud y reciben un Código Único de Validación (CUV).
En salud, la factura electrónica no va sola: los RIPS son su soporte obligatorio. El prestador envía el paquete FEV + RIPS al MUV (Mecanismo Único de Validación) del Ministerio de Salud, que lo valida y, si está correcto, devuelve un CUV (Código Único de Validación). Sin ese CUV, la factura no queda soportada ante la entidad responsable de pago.
La Resolución 948 de 2026 consolidó este modelo: dejó los RIPS como soporte obligatorio de la FEV, exige el RIPS en formato JSON y endureció las reglas de validación desde el 1 de junio de 2026. En la práctica, una factura con inconsistencias frente a sus RIPS puede rechazarse automáticamente.
La clave es que la factura y los RIPS sean coherentes desde el origen: datos del paciente correctos, diagnósticos y procedimientos bien codificados. Un software médico que genera la FEV y los RIPS de forma integrada evita los rechazos y las glosas.
La FEV (Factura Electrónica de Venta) en salud es la factura electrónica que un prestador emite por sus servicios y que en Colombia debe ir acompañada de los RIPS como soporte. Factura y RIPS se validan juntos ante el Ministerio de Salud en el modelo FEV-RIPS.
El MUV (Mecanismo Único de Validación) es la plataforma del Ministerio de Salud que recibe y valida el paquete FEV-RIPS; cuando es correcto, devuelve un CUV (Código Único de Validación) que certifica que la factura y sus RIPS fueron aceptados.
La Resolución 948 de 2026 consolidó los RIPS como soporte obligatorio de la FEV en salud, exige el RIPS en formato JSON y endurece las reglas de validación desde el 1 de junio de 2026, de modo que las facturas que no cumplan pueden ser rechazadas.