La Ley 2015 de 2020 es la ley que creó en Colombia la Historia Clínica Electrónica Interoperable: el derecho de cada persona a que su información clínica pueda consultarse y compartirse de forma segura entre los distintos prestadores del sistema de salud.
La ley consagra la historia clínica electrónica interoperable como un bien de interés público y reconoce el derecho del ciudadano a que su información de salud lo acompañe y esté disponible para los prestadores autorizados cuando la necesiten, sin importar dónde haya sido atendido.
Una ley necesita reglas operativas. Por eso, a partir de la Ley 2015 de 2020 se desarrolló el marco de la interoperabilidad (IHCE) y se adoptó el Resumen Digital de Atención (RDA) (Resolución 1888 de 2025), que es lo que efectivamente se intercambia entre prestadores.
Que tu software debe estar preparado para generar y compartir la información clínica de forma interoperable. Tener una historia clínica electrónica ordenada es el primer paso para cumplir el espíritu de la ley.
La Ley 2015 de 2020 creó la Historia Clínica Electrónica Interoperable en Colombia: establece que la información clínica de cada persona debe poder consultarse y compartirse de forma segura, oportuna y continua entre los distintos prestadores del sistema de salud.
Se hace operativa con la interoperabilidad de la historia clínica (IHCE) y el Resumen Digital de Atención (RDA), adoptado por la Resolución 1888 de 2025, que es el documento que se intercambia entre prestadores bajo estándares seguros.