November 3, 2026

Ley de Rescate: lo que vas a pagar de más en tu consultorio desde 2027

Si la aprueban como está, pagarías más de salud si eres independiente, más por cada persona en nómina si tienes una IPS y más por tus exámenes. Esto es lo que te toca y desde cuándo.

El 29 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda radicó en el Congreso el Proyecto de Ley 477 de 2026, conocido como Ley de Rescate. Es una reforma tributaria amplia, pero aquí solo te contamos lo que toca a un consultorio, a un médico independiente o a una IPS ambulatoria.

Si eres independiente, tu aporte a salud sube

Hoy todos los independientes cotizan el 12,5 % de su base de cotización a salud. Desde el 1 de enero de 2027, el proyecto cambia esa tarifa según la base (artículo 21):

  • Hasta 2 salarios mínimos: 12,5 %, como hoy.
  • Más de 2 y hasta 4: 13 %.
  • Más de 4 y hasta 5: 13,5 %.
  • Más de 5 y hasta 10: 14 %.
  • Más de 10 y hasta 15: 14,5 %.
  • Más de 15 y hasta 20: 15 %.
  • Más de 20 y hasta 25: 15,5 %.
La tarifa se aplica sobre toda la base, no solo sobre lo que pasa del tramo. Ejemplo: si cotizas sobre una base de $8 millones, hoy pagas $1.000.000 al mes de salud; con el proyecto pagarías $1.080.000. Son $960.000 más al año.

Si quieres ver cómo te cambia lo que te queda al final del mes, haz la cuenta con la calculadora de ingresos del médico independiente. Y si necesitas repasar cómo se calcula hoy la base, lo explicamos en impuestos y seguridad social del médico independiente.

Vas a pagar renta ganando menos

Hoy se empieza a pagar renta cuando la renta líquida gravable pasa de 1.090 UVT al año. El proyecto crea un tramo nuevo del 9 % entre 720 y 1.090 UVT. Con la UVT de 2026 ($52.374), 720 UVT son unos $37,7 millones al año.

Además, se elimina la deducción adicional de 72 UVT por dependiente y bajan los topes de rentas exentas y deducciones. Para ver cuánto queda de verdad después de impuestos, revisa cuánto gana un médico independiente en Colombia.

Si tienes una IPS, cada persona en nómina te cuesta más

Hoy las IPS que son sociedades declarantes de renta están exoneradas de pagar salud, SENA e ICBF por los trabajadores que ganan menos de 10 salarios mínimos. Desde el 1 de enero de 2027, el proyecto deja esa exoneración solo para quienes ganan hasta 2 salarios mínimos (artículo 20):

  • Hasta 2 salarios mínimos: sigue exonerada.
  • Más de 2 y hasta 3: paga 4 % de salud, 1 % de SENA y 1 % de ICBF.
  • Más de 3: no hay exoneración; paga 8,5 % de salud, 2 % de SENA y 3 % de ICBF.

Ejemplos:

  • Auxiliar de $3.000.000: la IPS seguiría sin pagar estos aportes.
  • Enfermera de $4.500.000: pagaría unos $270.000 al mes.
  • Médico general de $7.000.000: unos $945.000 al mes.

Si eres médico persona natural y tienes de 2 a 5 empleados, sigues exonerado. Si administras una IPS, este es el momento de revisar la nómina de 2027 con tu contador.

Tus exámenes podrían salir más caros

Desde el 1 de enero de 2028, los reactivos de diagnóstico dejan de aparecer en las listas de bienes sin IVA, así que pagarían la tarifa general del 19 %. Esto encarece cada prueba para los laboratorios, las IPS con laboratorio y los consultorios que hacen pruebas rápidas.

Tu consulta y tus medicamentos siguen sin IVA

  • La consulta y los servicios médicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio siguen sin IVA (artículo 45).
  • Los medicamentos, vacunas, antibióticos y vitaminas siguen exentos de IVA (artículo 46).
  • Gasas, vendas, apósitos, catéteres, equipos de infusión, prótesis, sillas de ruedas y lentes de contacto siguen sin IVA (artículo 42).

¿Le debes a la DIAN? Podrías pagar con menos sanciones

Si tienes impuestos en mora al 30 de septiembre de 2026, podrías pagarlos hasta el 30 de junio de 2027 con intereses moratorios del 5 % anual y solo el 40 % de las sanciones, pagando el 100 % del impuesto (artículo 100).

Cuándo te empezaría a tocar

El proyecto debe pasar los debates en Cámara y Senado, y puede cambiar en el camino. Nada de esto rige todavía. Las fechas que mencionamos (2027 y 2028) aplican solo si se aprueba como está.

En el blog de Saludtools seguimos el trámite de la Ley de Rescate y te contaremos cada cambio que afecte a tu consultorio.

Fuente: Proyecto de Ley 477 de 2026 (Ley de Rescate), Ministerio de Hacienda y Crédito Público, radicado el 29 de octubre de 2026 en la Cámara de Representantes. Cálculos propios con el salario mínimo de 2026 ($1.750.905) y la UVT de 2026 ($52.374). Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal ni tributaria: para tu caso, consulta con tu contador.

Preguntas frecuentes

¿La Ley de Rescate ya está vigente?

No. Es el Proyecto de Ley 477 de 2026, radicado por el Ministerio de Hacienda el 29 de octubre de 2026 en la Cámara de Representantes. Debe pasar los debates en Cámara y Senado y puede cambiar en el camino. Mientras no se apruebe y se sancione, siguen rigiendo las tarifas y exoneraciones actuales.

¿Cuánto subiría el aporte a salud de un médico independiente?

Depende de su base de cotización. Hasta 2 salarios mínimos sigue en 12,5 %; por encima sube por tramos hasta 15,5 % entre 20 y 25 salarios mínimos, y la tarifa se aplica sobre toda la base. Con una base de $8 millones, el aporte pasaría de $1.000.000 a $1.080.000 al mes: $960.000 más al año, desde enero de 2027 si se aprueba así.

¿Las IPS perderían la exoneración de aportes a salud, SENA e ICBF?

En parte. Hoy las sociedades declarantes de renta están exoneradas por los trabajadores que ganan menos de 10 salarios mínimos. El proyecto la dejaría solo hasta 2 salarios mínimos; entre 2 y 3 se pagaría 4 % de salud, 1 % de SENA y 1 % de ICBF, y por encima de 3 la tarifa completa: 8,5 %, 2 % y 3 %.

¿La consulta médica pagaría IVA con la Ley de Rescate?

No. Según el artículo 45 del proyecto, los servicios médicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio siguen sin IVA, y los medicamentos, vacunas, antibióticos y vitaminas siguen exentos (artículo 46). Lo que sí cambiaría, desde 2028, es que los reactivos de diagnóstico saldrían de las listas de bienes sin IVA y pagarían el 19 %.

¿Qué alivio trae el proyecto si tengo deudas con la DIAN?

Si tienes impuestos en mora al 30 de septiembre de 2026, podrías pagarlos hasta el 30 de junio de 2027 con intereses moratorios del 5 % anual y solo el 40 % de las sanciones, siempre que pagues el 100 % del impuesto (artículo 100). Como todo el proyecto, aplica solo si se aprueba en esos términos.

© 2026 Saludtools. Todos los derechos reservados.

Etiquetas: Ley de Rescate, reforma tributaria 2026, Proyecto de Ley 477 de 2026, cotización a salud independientes, exoneración de aportes, IPS, IVA, médico independiente

Ver todos los artículos