¿Usas IA en consulta? Lo que plantea el proyecto de ley de IA en salud en Colombia
La IA puede ayudarte, pero la última palabra debe ser tuya. Así lo plantea el Proyecto de Ley 216 de 2026, que estudia la Comisión Séptima del Senado. Te contamos qué propone, qué cambiaría para médicos independientes e IPS si se aprueba y qué conviene hacer desde ya en tu consulta.
La IA ya está en la consulta: la pregunta es cómo la usas
Hoy la inteligencia artificial ya hace parte de muchas consultas: ayuda a redactar notas, resume historias clínicas, transcribe resultados de laboratorio, sugiere diagnósticos o agiliza trámites. La pregunta ya no es si la usas, sino cómo la usas, quién revisa lo que produce y qué queda registrado.
Hasta ahora, en Colombia no hay reglas específicas para el desarrollo y uso de estas herramientas en salud. Eso es lo que busca resolver el Proyecto de Ley 216 de 2026 del Senado, de autoría de la senadora Nadia Blel Scaff. Según el Senado, el proyecto establece los elementos normativos, éticos y de integridad científica para la gobernanza de la IA en salud, con tres objetivos: la seguridad del paciente, la protección de los datos de salud y la autonomía profesional.
El texto radicado tiene 70 artículos en 12 títulos y cubre aplicaciones de IA usadas en diagnóstico, tratamiento, investigación, gestión hospitalaria, vigilancia epidemiológica y procesos administrativos. Es decir, no habla solo de la IA que «diagnostica»: también de la que organiza tu agenda o te ayuda a escribir la historia.
Primero, lo importante: es un proyecto, no una ley
En esa audiencia participaron entidades del Gobierno, organismos internacionales, academia, gremios y empresas. La Organización Panamericana de la Salud consideró que el texto ofrece una base sólida porque cubre el ciclo de vida de los sistemas, desde el diseño y la validación hasta la vigilancia y el retiro, y recomendó ajustes puntuales.
Otras propuestas fueron que la norma fije principios generales y deje los detalles técnicos a una reglamentación que se pueda actualizar al ritmo de la tecnología, que se articule con las reglas vigentes de dispositivos médicos, sistemas de información y datos personales, y que se precise la responsabilidad de desarrolladores, instituciones y profesionales. La senadora indicó que los aportes se considerarán, incluida la posibilidad de que sea una ley marco de política pública.
Por eso este artículo habla en condicional: describe lo que plantea el texto, no obligaciones que ya tengas que cumplir. Pero conocerlo ahora te deja varios pasos adelante, porque marca la dirección en la que va la regulación.
Lo que plantea el proyecto, en simple
1. La IA es apoyo, no reemplazo
El proyecto deja claro que la IA sirve para apoyar y consultar, no para reemplazar automáticamente el criterio clínico ni para tomar decisiones autónomas equivalentes a la valoración de un profesional. Según su artículo 8, el profesional conservaría la facultad y el deber de aceptar, controvertir o apartarse de las recomendaciones del algoritmo por razones clínicas, científicas, éticas, bioéticas o de contexto.
2. Siempre debe haber revisión humana
Se prohibirían las decisiones clínicas sin revisión de un profesional. Si la IA genera contenido asistencial, como una nota de historia clínica, un informe o un resumen, el artículo 40 exigiría que ese resultado lo verifique una persona. Y ningún robot clínico podría ejecutar por su cuenta procedimientos diagnósticos, quirúrgicos o terapéuticos sin la supervisión directa y continua de un médico especialista.
3. El paciente puede pedir que lo revise un humano
Si una decisión tomada solo de forma automatizada produce efectos jurídicos o clínicos significativos para el paciente, este tendría derecho a pedir que la revise un profesional.
4. Las herramientas se clasifican por riesgo
No es lo mismo una IA que organiza tu agenda que una que sugiere un diagnóstico. El artículo 15 clasificaría los sistemas según su finalidad, autonomía, población involucrada, severidad del daño posible, reversibilidad de los efectos y capacidad de supervisión:
- Riesgo mínimo: herramientas administrativas de bajo impacto. Exigencias: seguridad, privacidad e información veraz.
- Riesgo limitado: orientación general, educación y apoyo administrativo. Exigencias: transparencia, documentación y revisión.
- Riesgo alto: diagnóstico, triaje, pronóstico, tratamiento y dispositivos médicos, además de las herramientas que determinen el acceso o la cobertura de servicios. Exigencias: validación clínica, evaluación de impacto, autorización y vigilancia.
- Riesgo crítico: sistemas con alta autonomía cuyo fallo pueda causar muerte, daño grave o afectación masiva. Exigencias: autorización expresa, supervisión intensiva y un plan de contingencia seguro.
Los sistemas de riesgo alto y crítico tendrían que inscribirse en un Registro Nacional de Sistemas de Inteligencia Artificial en Salud (artículo 26), administrado por el Ministerio de Salud o la entidad que este designe, y demostrar que son seguros: documentación técnica, gestión de riesgos, evidencia clínica, evaluación de sesgos, ciberseguridad, supervisión humana y un mecanismo para reportar incidentes.
5. Las EPS e IPS tendrían que evaluar antes de usar
Antes de adquirir o implementar una herramienta de IA, EPS e IPS deberían verificar que sea pertinente, que esté autorizada, que tenga evidencia, que tengan capacidad para operarla y que se integre con sus sistemas. Como «implementadoras», también tendrían que establecer gobernanza, capacitar al personal, garantizar la supervisión humana y tener procedimientos de respuesta ante fallos.
6. Prácticas prohibidas
Además de las decisiones clínicas sin revisión humana, el proyecto prohibiría:
- La discriminación algorítmica injustificada.
- El uso de datos de salud para publicidad incompatible con su finalidad.
- Presentar recomendaciones automatizadas como si vinieran de un profesional real.
- Los llamados deepfakes médicos, la manipulación de imágenes diagnósticas y la modificación de documentos clínicos con herramientas generativas. El proyecto incluye medidas para identificar contenido sintético y conservar el material original.
¿Quién vigilaría y cuáles serían los plazos?
El Ministerio de Salud dirigiría la política nacional, y el Invima y la Superintendencia Nacional de Salud harían inspección, vigilancia y control dentro de sus competencias. El proyecto también prevé informes periódicos al Congreso sobre implementación, seguridad, equidad e incidentes.
Sobre la responsabilidad, el texto reparte las obligaciones entre proveedores, importadores, implementadores y operadores según el papel y el control real que cada uno tenga sobre el sistema, e incluye reglas sobre auditorías, garantías y reparación de daños.
Si se aprueba tal como fue radicado:
- Vigencia: la ley regiría desde su publicación (artículo 70).
- Reglamentación: el Gobierno tendría hasta 12 meses para reglamentarla.
- Herramientas que ya existen: las de riesgo alto o crítico que ya estén en operación tendrían hasta 18 meses para acreditar progresivamente el cumplimiento del registro.
Estos plazos son del texto radicado y pueden cambiar en los debates. Si se convierte en ley marco, buena parte de los detalles quedaría en la reglamentación.
Qué cambiaría para el médico independiente y para la IPS
Si eres médico independiente, el cambio de fondo no sería dejar de usar IA, sino poder demostrar que la decisión fue tuya. En la práctica:
- Las notas, resúmenes o transcripciones que genere la IA serían un borrador que tú revisas, no un registro final.
- Tu historia clínica electrónica debería mostrar tu criterio: qué aceptaste, qué corregiste y por qué te apartaste de una sugerencia.
- Las herramientas que usas para orientar diagnósticos o hacer triaje caerían en el grupo de alto riesgo, así que te convendría saber si su proveedor puede demostrar evidencia clínica y supervisión humana.
Si tienes una IPS, el cambio es más grande: pasarías a ser «implementador» con obligaciones propias. Tendrías que evaluar cada herramienta antes de comprarla, definir quién la supervisa, capacitar al equipo y tener un procedimiento para cuando falle. Eso empieza por algo simple que muchas IPS no tienen: un inventario de qué herramientas de IA usa cada área y para qué.
Para entender mejor qué puede y qué no puede hacer hoy la IA clínica, revisa nuestra guía sobre IA de apoyo diagnóstico y cómo queda en la historia clínica.
¿Qué hacer hoy en tu consulta?
No tienes que esperar a la ley para usar la IA con buen criterio. Estas prácticas ya te protegen hoy y te dejan listo si el proyecto se aprueba:
- Revisa siempre lo que te sugiere la IA antes de usarlo con un paciente: una nota, un diagnóstico sugerido o un resumen.
- Deja trazabilidad. Que en tu historia clínica quede claro qué decidiste tú. Si algo quedó mal registrado, corrígelo con una nota aclaratoria, sin borrar el original.
- Prefiere herramientas que te dejen editar y validar todo, no las que deciden por ti. Al evaluar un proveedor, pregúntale cómo funciona la revisión humana y qué queda registrado. Te ayudamos con las funciones de IA que de verdad ahorran tiempo y cómo evaluarlas.
- Cuida los datos de tus pacientes. No pegues historias clínicas en chatbots de uso general: los datos de salud son sensibles y ya los protege la Ley 1581 de 2012.
- Separa lo administrativo de lo clínico. Automatizar recordatorios o respuestas frecuentes no es lo mismo que orientar un síntoma. Así lo explicamos en qué automatizar con IA en el WhatsApp del consultorio y qué no.
- Si tienes una IPS, empieza a revisar qué herramientas de IA usan tus equipos, para qué y quién responde por cada una.
Preguntas frecuentes
¿Ya es obligatoria la ley de inteligencia artificial en salud en Colombia?
No. El Proyecto de Ley 216 de 2026 está en la Comisión Séptima del Senado, que el 19 de octubre de 2026 hizo una audiencia pública antes del primer debate. No crea obligaciones vigentes y su texto puede cambiar durante el trámite. Aun así, marca la dirección de la regulación: IA como apoyo, revisión humana y control según el riesgo.
¿Puedo usar inteligencia artificial en mi consulta hoy?
Sí. Hoy no existe en Colombia una ley específica que prohíba usar IA en la consulta. Lo que sí rige es tu responsabilidad profesional sobre lo que registras y decides, la Ley 1581 de 2012 sobre datos personales y las reglas de la historia clínica. Revisa todo lo que la IA proponga antes de usarlo con un paciente.
¿Qué herramientas de IA serían de alto riesgo según el proyecto?
Según el proyecto, las que apoyan diagnóstico, triaje, pronóstico o tratamiento, las que determinan el acceso o la cobertura de servicios y las que participan en procedimientos con componentes robóticos. Esas tendrían que inscribirse en el Registro Nacional de Sistemas de IA en Salud y demostrar evidencia clínica, gestión de riesgos y supervisión humana.
¿Quién responde si la IA se equivoca con un paciente?
El proyecto reparte la responsabilidad según el papel y el control real de cada actor: desarrolladores, proveedores, instituciones y profesionales. Para el médico, el punto clave es que conserva el deber de aceptar, cuestionar o apartarse de la recomendación. Por eso conviene que la historia clínica muestre qué decidiste tú y por qué.
¿Desde cuándo regiría la ley si se aprueba?
Según el texto radicado, regiría desde su publicación. El Gobierno tendría hasta 12 meses para reglamentarla, y los sistemas de riesgo alto o crítico que ya estén en operación tendrían hasta 18 meses para acreditar el cumplimiento del registro. Esos plazos pueden cambiar si el proyecto se modifica en los debates.