Manual tarifario SOAT 2026: cómo se liquidan las tarifas en UVB y cuándo son obligatorias
Durante veinticinco años, el manual tarifario más usado de la salud colombiana se actualizaba solo: estaba atado al salario mínimo y subía con él cada enero. Eso se acabó. Desde la vigencia 2026 las tarifas se expresan en UVB y se liquidan con una fórmula distinta. Si atiende urgencias, víctimas de accidentes de tránsito o contrata con una aseguradora, esto le cambia el número que factura.
Qué es el manual tarifario SOAT (y por qué le concierne aunque no atienda accidentes)
Lo que todo el mundo llama "manual tarifario SOAT" es el tarifario oficial de servicios y procedimientos de salud del país. Nació con el Decreto 2423 de 1996 y hoy vive compilado como Anexo Técnico 1 del Decreto 780 de 2016, el decreto único reglamentario del sector salud. Contiene nomenclatura propia, códigos y una tarifa por cada procedimiento, honorario, estancia y conjunto integral de atención.
Su nombre popular engaña. El manual no se limita a los accidentes de tránsito: es el referente tarifario por defecto del sistema. Cuando una IPS y un pagador se sientan a negociar y no tienen un piso común, el número que sacan a la mesa casi siempre viene de aquí, del manual del ISS de 2001, o de una fórmula que combina los dos. Por eso conviene entenderlo aunque su consulta nunca vea una víctima de siniestro vial.
La estructura, en lo que un prestador usa a diario, se organiza así:
- Honorarios profesionales por grupo quirúrgico. Cada procedimiento pertenece a un grupo (del 01 al 13, más los grupos especiales 20 a 23) y ese grupo define cuánto se paga al cirujano.
- Honorarios del anestesiólogo y de la ayudantía quirúrgica. Con la misma lógica de grupos, pero con tarifas propias y sensiblemente menores.
- Consultas, valoraciones e interconsultas. Ambulatorias e intrahospitalarias, con código propio cada una.
- Estancias, derechos de sala, materiales y servicios de apoyo diagnóstico. Laboratorio, imágenes y procedimientos no quirúrgicos.
- Conjuntos integrales de atención. Paquetes cerrados que agrupan varios servicios en una sola tarifa.
Ojo con un detalle que genera glosas: la nomenclatura del manual no es la CUPS. Son dos codificaciones distintas que conviven, y la factura se arma con la codificación CUPS mientras el valor se toma del tarifario pactado. Confundirlas es una de las causas silenciosas de devolución de cuentas.
Lo que cambió: del salario mínimo a la UVB
La gracia histórica del manual era su indexación automática. Las tarifas se expresaban en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV), de modo que cada primero de enero, cuando subía el salario mínimo, subían todas las tarifas del país sin que nadie tuviera que expedir una norma nueva.
Ese vínculo se rompió por etapas:
- 2022. El Decreto 2497 de 2022 reorganizó el SOAT con rangos diferenciales por riesgo y empezó a mover valores del salario mínimo hacia la UVT; el Decreto 2644 del mismo año fijó las reglas de conversión.
- 2023. El artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) creó la Unidad de Valor Básico (UVB) como mecanismo general de desindexación: cobros, multas, tarifas y requisitos financieros del Estado dejan de calcularse en salarios mínimos o en UVT y pasan a expresarse en UVB.
- 2024. La Circular Externa 025 de 2024 del Ministerio de Salud llevó por primera vez el manual tarifario a UVB, para la vigencia 2025.
- 2025. La Circular Externa 047 del 30 de diciembre de 2025 publicó las tarifas indexadas en UVB que rigen desde la vigencia 2026, dirigidas a las compañías de seguros autorizadas para expedir la póliza SOAT, las entidades responsables de pago, los prestadores públicos y privados y las empresas de transporte de pacientes.
La consecuencia es económica, no solo técnica. La UVB no se reajusta con el salario mínimo: se reajusta con la variación del IPC sin alimentos ni regulados certificada por el DANE. Para 2026 quedó en $12.110, fijada por el Ministerio de Hacienda mediante la Resolución 3488 de 2025, un 4,83 % por encima de los $11.552 de 2025. En el mismo periodo en que el salario mínimo pasó de $1.000.000 (2022) a $1.750.905 (2026) —un 75 % más—, el referente tarifario creció bastante menos. Análisis del sector estiman esa brecha acumulada entre 20 y 25 puntos porcentuales.
Cómo se liquida una tarifa en UVB, paso a paso
La Circular 047 de 2025 fija una regla de liquidación corta y sin excepciones:
- Ubique el código y la tarifa en UVB del procedimiento, honorario o servicio en el listado de la circular.
- Multiplique esa tarifa por el valor de la UVB vigente en el año en que se prestó el servicio. No el año en que factura ni el año en que le pagan: el año de la prestación.
- Ajuste el resultado a la centena más próxima, como lo ordena el numeral 87 del Anexo Técnico 1 del Decreto 780 de 2016.
Con la UVB de 2026 en $12.110, algunos valores del propio listado quedan así:
- Consulta ambulatoria de medicina general (código 39141): 4,51 UVB × $12.110 = $54.616,10 → $54.600.
- Consulta ambulatoria de medicina especializada (39143): 6,53 UVB → $79.078,30 → $79.100.
- Consulta de urgencias (39145): 7,44 UVB → $90.098,40 → $90.100.
- Interconsulta médica especializada, ambulatoria o intrahospitalaria (39140): 7,22 UVB → $87.434,20 → $87.400.
- Sutura (39146): 2,11 UVB → $25.552,10 → $25.600.
En lo quirúrgico se ve mejor la lógica de grupos. Para un procedimiento del grupo 08, el manual reconoce 39,37 UVB de honorarios al cirujano ($476.800), 23,25 UVB al anestesiólogo ($281.600) y 10,31 UVB a la ayudantía quirúrgica ($124.900). Tres roles, un mismo grupo, tres tarifas distintas: por eso la discusión con un pagador nunca es "cuánto vale la cirugía" sino "qué rubros del manual entran en la cuenta".
Cuándo el manual es obligatorio y cuándo es solo referencia
Esta es la parte que más se malinterpreta, y está escrita con todas las letras en el artículo 2.5.3.6.1 del Decreto 780 de 2016. El Anexo Técnico 1 es de obligatorio cumplimiento en:
- Casos originados por accidente de tránsito.
- Desastres naturales, atentados terroristas y demás eventos catastróficos definidos por el Ministerio de Salud.
- La atención inicial de urgencias de cualquier otra naturaleza cuando no exista acuerdo entre las partes.
Ese último punto es el que casi nadie tiene presente y el que más protege al prestador. Si usted atiende una urgencia inicial de un paciente con el que no tiene contrato —ni tarifa pactada con su pagador—, el manual no es una sugerencia: es la tarifa aplicable. No hay que negociar nada después del hecho.
Fuera de esos casos, el parágrafo del mismo artículo es igual de claro: los contratos para la prestación de otros servicios de salud se pagan de acuerdo con las tarifas acordadas, y el Anexo Técnico 1 se tiene apenas como referencia. La propia Circular 047 lo repite. Es decir: hay libertad tarifaria, y el manual es el punto de partida de la conversación, no su desenlace.
De ahí se desprende algo que conviene tener claro si atiende particulares: nadie está obligado a cobrar tarifas SOAT en consulta privada. El precio de una consulta particular lo fija el profesional, con los criterios que explicamos en la guía sobre cuánto cobrar por una consulta particular. Usar el manual como si fuera un techo legal es regalarse ingresos por una obligación que no existe.
Qué cubre el SOAT y qué pasa cuando se agota el tope
Una cosa es la tarifa (cuánto vale cada servicio) y otra el tope de cobertura (hasta cuánto responde la póliza por cada víctima). Se confunden con frecuencia, y curiosamente cada una vive en una unidad distinta. Para 2026:
- Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios: hasta 701,68 UVT (unos $36.749.788) en la cobertura general, o hasta 263,13 UVT (unos $13.781.171) para las tarifas de vehículos incluidas en el Decreto 2497 de 2022.
- Gastos de transporte y movilización de la víctima: 8,77 UVT, alrededor de $459.320.
- Incapacidad permanente: hasta 180 SMLDV, unos $10.505.430 con el salario mínimo de 2026.
- Muerte y gastos funerarios: 750 SMLDV, unos $43.772.625.
Fíjese en la mezcla: las tarifas están en UVB, los topes de gastos médicos en UVT y las indemnizaciones todavía en salarios mínimos diarios. No es un error de lectura; es el estado real de la desindexación, que avanzó por partes. Al auditar una cuenta hay que usar la unidad que corresponde a cada concepto.
Cuando la cobertura se agota, la atención no se detiene: continúa a cargo del plan de beneficios de la EPS del paciente. Y si el vehículo no está identificado, se dio a la fuga o no tenía póliza vigente, quien responde es la ADRES a través de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT). Cambia el pagador, no el derecho del paciente ni el del prestador a cobrar.
El manual ISS 2001: por qué sigue vivo en los contratos
Si ha negociado con una EPS, habrá visto fórmulas del tipo "ISS 2001 + 30 %". Vale la pena saber qué se está firmando exactamente.
El Acuerdo 256 de 2001 aprobó el manual de tarifas de la EPS del Instituto de Seguros Sociales y fue actualizado por el Acuerdo 312 de 2004. El ISS, sin embargo, fue suprimido y ordenada su liquidación por el Decreto 2013 de 2012. Es decir: la entidad que expidió ese tarifario dejó de existir hace más de una década.
La consecuencia jurídica es sencilla y suele sorprender: el ISS 2001 no es hoy una norma tarifaria vigente para el sistema. Sobrevive como documento de referencia y solo obliga cuando las partes lo pactan expresamente en el acuerdo de voluntades. Cuando eso ocurre, sus valores quedan congelados en pesos de 2001 o 2004, y por eso los contratos le suman un porcentaje que absorbe dos décadas de inflación. Si el porcentaje no se renegocia cada año, el contrato se deteriora solo.
En la práctica, entonces, un prestador se mueve entre tres referentes: el manual del Anexo Técnico 1 indexado en UVB, el ISS 2001 con su porcentaje pactado, y la tarifa propia construida sobre costos. Cuál de los tres se usa depende de la modalidad de pago acordada, un tema que desarrollamos en la guía de contratación con EPS y modalidades de pago.
Seis reglas para no perder plata con el manual
Lo que separa a una IPS que cobra bien de una que vive corrigiendo cuentas no es el conocimiento del manual, sino cinco o seis hábitos administrativos:
- Actualice el maestro de tarifas cada enero. El valor de la UVB cambia y todas las tarifas del manual se recalculan. Si el sistema quedó con la UVB del año pasado, cada factura sale mal por defecto.
- Escriba la referencia completa en el contrato. "Tarifas SOAT" ya no dice nada. Debe decir qué manual, indexado a qué unidad, con qué porcentaje y en qué fecha se ajusta.
- Guarde por separado la tarifa en UVB y el valor liquidado en pesos. Cuando llega una objeción, hay que poder mostrar la operación completa: tarifa, UVB del año, redondeo.
- No mezcle nomenclaturas. El código del manual y el código CUPS de la factura deben corresponder al mismo servicio y esa equivalencia hay que documentarla.
- Verifique el año de prestación, no el de facturación. Las cuentas que cruzan diciembre y enero son las que más devoluciones generan.
- Audite el redondeo. El ajuste a la centena más próxima parece trivial hasta que se multiplica por miles de servicios al año.
Casi todas estas reglas se resuelven en la configuración del software, no en la disciplina de una persona. Un sistema donde las tarifas se cargan una vez, quedan asociadas al contrato correcto y se arrastran automáticamente a la factura evita el escenario más común: dos profesionales de la misma sede cobrando el mismo procedimiento a valores distintos. Y como buena parte de las glosas nace de inconsistencias entre lo registrado y lo cobrado, el orden tarifario es también prevención de glosas.
Qué debería resolverle su software
En materia tarifaria, un software médico honesto no promete "cumplir el manual SOAT": lo que hace es sostener la trazabilidad para que usted pueda demostrar cómo llegó a cada cifra. Lo que vale la pena exigir en una demo:
- Listas de precios por contrato o por pagador, para que el mismo procedimiento pueda tener valores distintos según con quién esté contratado.
- Actualización masiva de tarifas, sin tener que editar servicio por servicio cada enero.
- Códigos CUPS al día y su relación con el servicio que se factura.
- Factura electrónica de venta y RIPS consistentes entre sí, porque la validación previa cruza ambos.
- Historial de cambios: quién modificó una tarifa, cuándo y desde qué valor.
En Saludtools esa parte vive en el módulo de facturación y en el manejo de RIPS y facturación electrónica. Conviene decirlo con precisión: Saludtools funciona con un plan por profesional, así que una operación con varios médicos requiere una cuenta por cada uno, y los escenarios de contratación colectiva con aseguradoras se evalúan caso por caso antes de firmar.
Por último, una advertencia necesaria: este artículo explica cómo funciona el manual y cómo se liquidan sus tarifas, pero no reemplaza la asesoría jurídica ni contable. Antes de firmar o renegociar un acuerdo de voluntades con un pagador, revise el clausulado con quien lo asesora.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el manual tarifario SOAT y quién está obligado a aplicarlo?
Es el tarifario oficial contenido en el Anexo Técnico 1 del Decreto 780 de 2016, heredero del Decreto 2423 de 1996. Según el artículo 2.5.3.6.1 de ese decreto es de obligatorio cumplimiento en accidentes de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas y demás eventos catastróficos definidos por el Ministerio de Salud, y también en la atención inicial de urgencias de otra naturaleza cuando no hay acuerdo entre las partes.
¿Cuánto vale la UVB en 2026 y cómo convierto una tarifa a pesos?
La UVB de 2026 es de $12.110, fijada por el Ministerio de Hacienda mediante la Resolución 3488 de 2025. Para liquidar, se multiplica la tarifa en UVB del procedimiento por la UVB vigente del año en que se prestó el servicio y el resultado se ajusta a la centena más próxima. Una consulta ambulatoria de medicina general, de 4,51 UVB, queda en $54.600.
¿Es obligatorio cobrar las tarifas SOAT en una consulta particular?
No. Fuera de los eventos donde el manual es obligatorio, el parágrafo del artículo 2.5.3.6.1 del Decreto 780 de 2016 dice que los contratos se pagan según las tarifas acordadas, tomando el Anexo Técnico 1 solo como referencia. En consulta particular el médico fija su precio libremente; el manual sirve como piso de comparación, no como techo legal.
¿Sigue vigente el manual tarifario ISS 2001?
No como norma. El Acuerdo 256 de 2001 fue expedido por el Consejo Directivo del ISS, se actualizó con el Acuerdo 312 de 2004 y el ISS fue suprimido y liquidado por el Decreto 2013 de 2012. Hoy el ISS 2001 solo obliga si las partes lo pactan expresamente en el contrato, que es justamente lo que hacen muchos acuerdos de voluntades con fórmulas del tipo ISS 2001 más un porcentaje.
¿Qué pasa si se agota la cobertura del SOAT de un paciente?
La póliza cubre los gastos médicos hasta un tope por víctima: en 2026, hasta 701,68 UVT (unos $36.749.788) o hasta 263,13 UVT (unos $13.781.171) según la tarifa del vehículo. Agotado ese tope, la atención continúa a cargo del plan de beneficios de la EPS. Si el vehículo no está identificado o no tiene póliza vigente, responde la ADRES por la subcuenta ECAT.
